
El Ministerio del Interior ha actualizado el Reglamento General de Circulación con el objetivo de mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía: peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos.
La reforma adapta la normativa al cambio de movilidad registrado en los últimos años, especialmente en los entornos urbanos, donde conviven cada vez más tipos de vehículos y formas de desplazamiento.
La nueva regulación entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, aunque algunas obligaciones, como el alumbrado obligatorio para los VMP y el casco homologado para usuarios de motocicletas, se aplicarán desde el 1 de octubre de 2027.
Edad mínima de 15 años para conducir patinetes
Una de las principales novedades afecta a los vehículos de movilidad personal. La norma fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP.
Además, sus usuarios deberán llevar casco de protección y chaleco reflectante durante la noche o en situaciones de baja visibilidad. En el caso de los profesionales que circulen en VMP, como repartidores, el chaleco será obligatorio en todo momento.
El incumplimiento de estas obligaciones será considerado infracción grave, con una sanción económica de 200 euros.
Los VMP también deberán llevar siempre encendido el alumbrado. Fuera de núcleos urbanos, podrá permitirse su circulación por vías segregadas de vehículos a motor, como vías ciclistas o carriles bici.
Más obligaciones para ciclistas y conductores que los adelanten
La reforma elimina las exenciones al uso del casco para ciclistas en vías interurbanas. Todos deberán llevarlo en este tipo de carreteras.
Los ciclistas que desarrollen una actividad profesional, como los riders, tendrán que utilizar siempre casco de protección y chaleco reflectante.
También se endurecen las condiciones para adelantar a ciclistas en vías interurbanas. El conductor deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía.
En calzadas con más de un carril por sentido, además de dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros, será obligatorio cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento.
En vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril. Los vehículos a motor deberán mantener una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.
Guantes obligatorios para motoristas en vías interurbanas
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías.
Estas obligaciones también tendrán la consideración de infracción grave, con sanción de 200 euros.
La norma permitirá la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión de tráfico, siempre sin superar los 30 kilómetros por hora y solo en tramos previamente señalizados.
Además, los cascos de protección deberán estar homologados y no solo certificados. Los riders que trabajen en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento.
Cinturón para taxis, mercancías y vehículos de enseñanza
El nuevo reglamento suprime las exenciones al uso del cinturón de seguridad que existían para conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción.
A partir de ahora deberán llevarlo puesto en todo momento.
La norma contempla una excepción para los pasajeros de ambulancias asistenciales acondicionadas, cuando sea necesario prestar asistencia técnico-sanitaria durante un servicio de urgencia en el habitáculo del paciente.
Carril de emergencia en retenciones y nuevas normas con nieve
La reforma regula también el denominado carril de emergencia. Cuando, por una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse para dejar un espacio central libre que permita el paso de vehículos de policía y servicios de emergencia.
En autopistas y autovías, cuando la circulación se vea dificultada por la nieve, quedará prohibido adelantar. En esos casos, los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para los vehículos de emergencia y quitanieves.
También se establece que los vehículos que rebasen a otros inmovilizados por accidente, avería, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deberán dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía.
Nuevas normas urbanas
El Reglamento General de Circulación incorpora además un nuevo bloque de normas específicas para zonas urbanas.
Entre ellas, se establece que en pasos de peatones con semáforo no podrá coincidir, como norma general, la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones.
También se da cobertura jurídica a los caminos escolares seguros, definidos como vías acondicionadas para favorecer que niños y niñas se desplacen a los centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.
La reforma regula igualmente el estacionamiento de autocaravanas, que no podrán extender elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, deberán descansar únicamente sobre los neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
