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No se multará el uso de triángulos de señalización si se emplea correctamente la luz V-16

Ene 2, 2026 #multa, #normativa, #V16

El uso de los triángulos de preseñalización de peligro no será objeto de sanción, siempre que el conductor utilice de forma obligatoria el dispositivo luminoso V-16, vigente desde este mes de enero como sistema principal para señalizar averías o inmovilizaciones en la vía.

Así lo aclara la Dirección General de Tráfico (DGT) en su reciente instrucción normativa, en la que se establece que los triángulos pueden seguir empleándose de forma complementaria, aunque ya no sustituyen al uso obligatorio de la V-16 luminosa y conectada.

Uso permitido, pero no obligatorio

La normativa precisa que la colocación de triángulos no será sancionable, siempre que:

  • Se haya activado correctamente la señal V-16
  • El conductor no ponga en riesgo su seguridad al abandonar el vehículo

En este sentido, los triángulos no se consideran un obstáculo en la vía, pero su uso queda relegado a un elemento adicional, especialmente en vías urbanas o situaciones en las que su colocación no implique peligro.

La V-16, elemento reglamentario

Desde enero, la V-16 conectada es el único dispositivo reglamentario exigido para señalizar un vehículo detenido por avería o accidente. Su principal ventaja es que permite avisar al resto de usuarios y a los sistemas de gestión del tráfico sin que el conductor tenga que salir del vehículo, reduciendo así el riesgo de atropello.

La luz debe colocarse sobre el techo del vehículo y emitir una señal luminosa visible a gran distancia, además de transmitir automáticamente la ubicación del incidente.

Recomendación de seguridad

Aunque los triángulos siguen siendo legales como complemento, desde Tráfico se insiste en que no es recomendable abandonar el vehículo en vías rápidas o con tráfico intenso para colocarlos, priorizando siempre el uso de la V-16 y las luces de emergencia.


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